Información no Financiera 02

EINF (Verificación estados de información no financiera)

Las empresas afrontan nuevos desafíos sobre la gestión de la información no financiera, para integrarla con su estrategia y presentarla con contenidos de calidad que impulsen la imagen de la organización, al mismo tiempo que cumplen con la legislación.

La aprobación de la Ley 11/2018 modificó el Código de Comercio, la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas. Estos cambios normativos definen el perfil de las organizaciones del futuro, que deben preparar y presentar un reporte específico de resultados no financieros, que cuente con una verificación de la información no financiera, realizada por un proveedor independiente.


Este escenario regulatorio  supone un reto para todos los implicados y convierte a España en un referente a nivel europeo en materia de divulgación de este tipo de contenidos vinculados con la ESG.

Bureau Veritas, como tercera parte independiente, cuenta con profesionales expertos en la verificación y certificación en calidad, seguridad, sostenibilidad y medio ambiente, responsabilidad social / ESG y ‘compliance’. Un conocimiento que ayudará para cumplir con los procesos relacionados con la verificación la información no financiera, de acuerdo a las especificaciones definidas en la ley.
 

¿QUÉ SOCIEDADES ESTÁN SUJETAS AL CUMPLIMIENTO?

Desde el 30.12.2021 deben presentar EINF todas las sociedades con más de 250 trabajadores que cumplan alguno de estos puntos:

  • Tengan la consideración de entidades de interés público de conformidad con la legislación de auditoría de cuentas (a excepción de las entidades que tienen la calificación de empresas pequeñas y medianas de acuerdo con la Directiva 34/2013)
  • Que durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos una de las circunstancias siguientes:
    • Que el total de las partidas del activo sea superior a 20 millones de euros
    • Que el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 40 millones de euros.

¿QUÉ NOVEDADES AFECTAN A LOS CONTENIDOS?

Una de las novedades que trae la publicación de la Ley es que define específicamente los contenidos que se deben incluir en el estado de información no financiera relacionados, al menos, con las cuestiones medioambientales, sociales y del personal, respeto a los derechos humanos, lucha contra la corrupción y el soborno, así como sobre la sociedad. Los contenidos consisten en:

  • Una breve descripción del modelo de negocio del grupo, que incluirá su entorno empresarial, su organización y estructura, los mercados en los que opera, sus objetivos y estrategias, y los principales factores y tendencias que pueden afectar a su futura evolución.
  • Una descripción de las políticas que aplica el grupo respecto a aspectos medioambientales, sociales, de respeto de los derechos humanos y de la lucha contra la corrupción y el soborno; que incluirá la identificación, evaluación, prevención y atenuación de riesgos e impactos significativos, incluyendo las medidas de control adoptadas.
  • Los resultados derivados de dichas políticas y el seguimiento de las mismas. Y los indicadores clave de resultados no financieros que sean pertinentes respecto a la actividad empresarial concreta, y que cumplan con los criterios de comparabilidad, materialidad, relevancia y fiabilidad.
  • Los principales riesgos relacionados con esas cuestiones vinculadas a las actividades del grupo.
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