Inspecciones OCA Ascensores y EQUIPOS ELEVADORES

Inspecciones OCA de Ascensores y EQUIPOS ELEVADORES

Actividades reglamentarias – Aparatos Elevadores

El RD 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención de los mismos, establece en el artículo 1º “objeto y campo de aplicación” que constituye el objeto de este Reglamento definir las condiciones técnicas que, a efectos de seguridad, deben cumplir los aparatos de elevación y manutención que se instalen en el territorio del Estado español y se incluyan en alguna de sus ITC, para proteger a las personas y a las cosas de los riesgos de accidentes que puedan producirse como consecuencia del funcionamiento y utilización de dichos aparatos.

En el momento actual son de aplicación las siguientes ITC de Aparatos elevadores:

ASCENSORES Y GRÚAS

INSTRUCCIÓN TÉCNICA COMPLEMENTARIA

PERIODICIDAD

Ascensores en edificios industriales y de pública concurrencia

ITC AEM 1

Cada 2 años

Ascensores en edificios de más de 20 viviendas o más de 4 plantas servidas.

ITC AEM 1

Cada 4 años

Ascensores no incluidos en los casos anteriores.

ITC AEM 1

Cada 6 años

Grúas torre para obras u otras aplicaciones

ITC MIE AEM 2

En cada montaje y cada dos años si la grúa se mantiene en el mismo emplazamiento.

Grúas Autodesplegables monobloc, cuyo momento nominal se encuentre entre 15 y 170 KN.

ITC MIE AEM 2

Cada dos años, independientemente del número de montajes realizados en dicho periodo.

Grúas móviles autopropulsadas

ITC MIE AEM 4

De 1 a tres años según antigüedad.

Otros aparatos elevadores

Son aparatos elevadores para los que no se ha publicado una ITC que los contemple.
El titular o propietario del aparato elevador tiene la obligación de velar por el estado de todos sus aparatos con el fin de garantizar la seguridad de su uso por parte de los usuarios minimizando de este modo la probabilidad de que ocurran accidentes. 
Para comprobar el grado de seguridad y conservación del aparato elevador se aconseja que su titular o propietario solicite a Bureau Veritas un Informe Técnico de Seguridad que se basará en procedimientos de inspección propios. Actualmente se han desarrollado los siguientes:

  • Puertas de Garaje, portones y barreras.
  • Plataformas Suspendidas temporales (PST)
  • Plataformas Elevadoras Móviles para Personas (PEMP)
  • Góndolas
  • Puentes Grúa y Polipastos
  • Plataformas de trabajo sobre mástil (PTDM)

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