Auditoría reglamentaria

AUDITORÍA REGLAMENTARIA – RD 39/1997 DEL REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN

Las empresas que tienen la obligación de auditarse: Obligatorio para empresas que asumen alguna de las disciplinas preventivas (Seguridad, Ergonomía y Psicosociología, Higiene y Medicina del Trabajo) por medio de un Servicio de Prevención Propio.

El objeto de estas auditorías: emitir un informe en el que se valora la eficacia de la Gestión del SPP y la Integración de la prevención en la Empresa. El proceso se desarrolla en 3 etapas:

  • Fase 1: Diagnóstico previo de la empresa, con identificación de legislación aplicable tanto general como sectorial
  • Fase 2: Auditoria in situ, entrevistas con responsables y trabajadores, visitas a instalaciones y verificación de registros obligatorios que fundamenten los cumplimientos legales.
  • Fase 3: Redacción de informe de acuerdo con lo establecido en el RD 604/2006  y con descripción de posibles incumplimientos que una vez han sido evidenciados han de ser tratados por el sistema de gestión de la empresa. Este Informe debe estar a disposición de la autoridad laboral 

El proceso de auditoría se completa con la fase 3, no siendo necesario que la entidad de certificación valide las eventuales acciones correctivas que la organización implemente para solucionar los incumplimientos detectados.

Bureau Veritas Certificación es Entidad Autorizada para realizar Auditorías Reglamentarias a Empresas en todo el Territorio nacional de Acuerdo con el Reglamento de los Servicios De Prevención RD 39/97 y sus posteriores actualizaciones.

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